"Sois socialistas no para amar en silencio vuestras ideas ni para

recrearos con su grandeza y con el espíritu de justicia que las anima, sino para llevarlas a todas partes".


PABLO IGLESIAS

sábado, 10 de abril de 2010

LA REALIDAD DEL CABAÑAL


La publicación de la Orden del Ministerio de Cultura, en
cumplimiento de sentencia del Tribunal Supremo que
declaraba la obligación del Ministerio de valorar la incidencia
del PEPRI sobre los valores culturales del barrio
del Cabañal, dio lugar a la aplicación de una estrategia
conjunta de la Generalitat Valenciana y del
Ayuntamiento de Valencia, concretada en 2 reuniones
extraordinarias del Consell de Govern de la Generalitat
que dieron como resultado la aprobación de un
Decreto-Ley que, contradiciendo frontalmente la Orden
del Ministerio de Cultura que declaraba que el PEPRI
constituía un acto de expoliación del Barrio del
Cabañal, y que el Ayuntamiento de Valencia tenia la
obligación de dejar en suspenso la aplicación de dicho
PEPRI, venía a declarar que todo acto de ejecución del
PEPRI era legal por cuanto no suponían acto de expoliación
de los valores culturales del barrio del Cabañal.
El Gobierno de España debe publicar dicho Decreto-
Ley en el BOE, sin que ello signifique colaborar con la
Generalitat o con dicho Decreto-Ley, sino el simple
cumplimiento de sus obligaciones constitucionales e
inmediatamente (tan pronto cumplió el trámite oportuno)
lo recurrió al Tribunal Constitucional e interesó su
suspensión, lo que así acordó dicho Tribunal.
Durante esa tramitación, las Cortes Valencianas decidieron
tramitar como proyecto de Ley el Decreto-Ley y,
a pesar de saber que dicho Decreto-Ley había sido
suspendido por el Tribunal Constitucional, aprobaron el
mismo texto normativo como Ley que ha entrado en
vigor el 6 de los corrientes.
Con esa actuación, las instituciones autonómicas
no sólo contradicen al Gobierno de España, sino al
propio Tribunal Constitucional y al ordenamiento
constitucional que éste protege.
Este mismo criterio de acudir a los Tribunales, es el que
ha aplicado la Delegación del Gobierno en relación con
los actos concretos de aplicación del Decreto-Ley y de
la Ley, recurriendo inmediatamente a los Tribunales las
ordenes de derribo aplicadas precisamente a partir del
día 6 de los corrientes, en que entró en vigor la Ley de
las Cortes Valencianas.
Debe quedar claro que, ni el Gobierno de España ni
esta Delegación de Gobierno, ha llevado a cabo la
menor actuación de colaboración con la destrucción del
Cabañal. Por el contrario, hemos aprobado la Orden
Ministerial que impide derribos, hemos impugnado por
2 veces las normas autonómicas que pretenden legalizar
dichos derribos y hemos impugnado los derribos
concretos que hemos conocido. Esta es la política del
Gobierno de España: defender la legalidad en el marco
del Estado de Derecho.
Ahora bien, en la medida en que dichas ordenes de
derribo no están declaradas ilegales por algún
Tribunal, no se puede impedir su ejecución por la
vía de los hechos, ni recurriendo a las fuerzas de
orden público ni por la voluntad privada de un
grupo de ciudadanos.
Y si la ejecución de dichas órdenes de derribo puede
implicar problemas de orden público, ello es competencia
de las Fuerzas de Orden Público. Estas solo han
intervenido en la medida en que han sido advertidas de
la posible y probable existencia de un problema de
orden público en la medida en que un grupo de ciudadanos
trataba de impedir la ejecución de la orden de
derribo. No ha habido ninguna colaboración en la ejecución
de la orden de derribo (que ni ha sido dictada, ni
encargada a empresa alguna ni programada por el
Gobierno de España), sino la estricta actuación ante la
posible existencia de un problema de orden público,
que es competencia exclusiva de esas Fuerzas que
dependen del Gobierno de España.
Finalmente añadir que desde esta Delegación hemos
transmitido el mensaje político de que la voluntad disconforme
con los derribos, coincidente con la de la
Delegación del Gobierno, será protegida y respetada
en el marco de la legislación, pero que no se podían
permitir actuaciones de tomarse la justicia por su mano
e impedir los derribos. En todo momento hemos dejado
clara nuestra voluntad contraria a los derribos, señalando
como objeto de crítica la voluntad contumaz contraria
de las instituciones valencianas, sin permitir que se
centre el objeto de debate en el enfrentamiento entre
fuerzas de orden público y ciudadanos contrarios a los
derribos.

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